Los recientes dichos del Presidente de ADEOMS en el acto del pasado martes en el marco del paro parcial del PIT-CNT encendieron un intenso debate. Hasta dónde puede llegar un dirigente sindical en sus declaraciones públicas. Especialistas en derecho opinan sobre el delicado equilibrio entre la libertad de expresión, la acción gremial y el respeto a las autoridades.
RECLAMO SINDICAL, PRONUNCIAMIENTO POLÍTICO
Las recientes declaraciones del titular del gremio, con un tono que varios interpretan como de fuerte carga política y provocador, generaron reacciones inmediatas en redes sociales. Incluso, profesionales del derecho advirtieron que los dichos podrían encuadrar en figuras sancionables, dependiendo de su contenido y contexto.
LIBERTAD SINDICAL Y MARGEN DE EXPRESIÓN
En Uruguay, la Constitución (artículo 57) y los convenios internacionales de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) protegen el derecho a la organización sindical y a expresar reclamos. Este marco legal reconoce que los dirigentes gremiales pueden criticar la gestión de las autoridades y defender con firmeza los intereses de sus afiliados.
Sin embargo, el derecho no es absoluto. La crítica sindical no puede transformarse en insulto, injuria, calumnia o amenaza. En términos jurídicos, acusar falsamente a una persona de un delito (calumnia) o proferir expresiones que lesionen su honor (injuria) puede derivar en acciones legales.
EL CAMINAR POR LA CORNISA
La jurisprudencia uruguaya ha concedido a los sindicalistas un margen más amplio para expresarse, justamente por la naturaleza confrontativa de la actividad gremial. No obstante, ese margen se acorta cuando las declaraciones se alejan de la discusión de políticas públicas y pasan al terreno de la descalificación personal o institucional.
“Un dirigente puede y debe ser firme en la defensa de los trabajadores, pero tiene que evitar que su discurso se convierta en un ataque a la investidura democrática o a la dignidad personal de otros”, explicó un abogado laboralista consultado.
POSIBLES CONSECUENCIAS
Si los dichos exceden el marco de la libertad de expresión, las consecuencias pueden llegar por distintas vías.
Penal: por delitos contra el honor o amenazas.
Laboral-administrativa: por infracciones al Estatuto del Funcionario.
Política-sindical: por pérdida de legitimidad interna o desgaste en la opinión pública.
En este contexto, el episodio de Salto es un recordatorio de que la palabra de un dirigente sindical es una herramienta poderosa, pero también una responsabilidad. Entre la defensa de los trabajadores y el respeto a las autoridades, el equilibrio no siempre es fácil de sostener.
ARÓN VIERA